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hacer fotos a alumnos en centros escolares

¿Cómo gestionar los derechos de imagen de los alumnos?

el 9 noviembre, 2023

¿Se pueden hacer fotos a los alumnos durante la actividad en el centro de formación?, ¿Qué ocurre si son menores de edad?, ¿las fotos se pueden publicar en redes sociales? La gestión de los derechos de imagen de los alumnos en un centro escolar es un tema complicado, sobre todo, cuando se trata de menores de edad. En este artículo te damos todas las claves para actuar correctamente.

Lo más importante es que una imagen o un vídeo de uno o varios alumnos que permiten que se les reconozca, son considerados datos personales y, por lo tanto, se protegen por la normativa de protección de datos y no es posible difundirlos sin el consentimiento de los titulares o de sus padres o tutores.

Normativa que afecta a las fotografías de los alumnos

Existen diversas normas en el ordenamiento jurídico español que afectan a la protección de los menores en relación con la difusión de imágenes. Son las siguientes:

  • La Constitución Española regula el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, y establece que la ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos en el pleno ejercicio de sus derechos.
  • La Ley de Protección Civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, establece que la captación, reproducción o publicación por fotografía, filme o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ello, tiene la consideración de intromisión ilegítima.
  • La Ley de protección del menor establece que los menores tienen derecho a la intimidad y familiar, al honor y a la propia imagen.
  • El Reglamento General de Protección de Datos establece que el tratamiento de datos personales de un niño se considera lícito cuando tenga como mínimo 16 años. Si el niño es menor 16 años, el tratamiento será lícito sí se realiza con el consentimiento de quien tenga la patria potestad o tutela del niño.

¿Puede un centro escolar publicar fotos de sus alumnos?

En base a toda la normativa que hemos visto en el apartado anterior, podemos alcanzar las siguientes conclusiones:

  • Para poder hacer fotos de los menores es necesario el consentimiento del menor o de sus padres o tutores en función de la edad que tenga el niño.
  • Si la imagen o el video permiten identificar al menor no se podrán difundir sin consentimiento.
  • Por lo tanto, para publicar imágenes de los alumnos del centro, sobre todo en el caso de que sean menores que puedan ser identificados, es necesaria la autorización.

¿Qué ocurre si se publican fotos de menores sin autorización?

El caso en que un centro escolar haga fotos de sus alumnos que permitan identificarles y las publiquen o difundan sin consentimiento, a través de una web, un blog o publicaciones en redes sociales, se hoy puede enfrentar a diversas multas que varían en función de la gravedad de la infracción.

En el caso de infracciones graves las sanciones pueden ir de 40.001 euros a 300.000 euros. Si se trata de infracciones muy graves las sanciones pueden ir de 300.001 euros a 20.000.000 euros o el 4% de la facturación anual, si esta es mayor. Además de lo anterior, se puede presentar una denuncia ante las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado o ante los juzgados y tribunales en el caso en que se considere que se ha vulnerado el derecho a la imagen, al honor o a la intimidad.

Por lo tanto, si en tu centro hacéis fotos o vídeos de los alumnos es importante considerar todas las implicaciones que puede tener un mal uso de las imágenes o los vídeos. Para evitar problemas el responsable tratamiento de datos del deberá recabar el consentimiento de los menores o de sus padres o tutores en función de la edad del menor.

Si tienes dudas sobre cómo actuar en estos casos, ponemos a tu disposición a nuestro equipo de abogados expertos en derecho de la educación para que analicen tu caso y te indiquen los trámites a realizar para evitar reclamaciones y sanciones.

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