Centros docentes Privados-Concertados

El sector educativo ha sufrido una completa revolución, y se ha “profesionalizado” mucho en muy poco tiempo, eso ha generado que para dirigir y gestionar un centro docente hoy en día, tenemos que tener claro que estamos ante una empresa de alta complejidad de gestión, y cuya responsabilidad es mayor que la del resto de empresas de otros sectores. Además, a esto se suma la dificultad de preservar la autonomía del centro tanto organizativa como pedagógica establecida en el art. 120 de la LOE, puesta en entredicho por la administración por el mero hecho de solicitar el CONCIERTO EDUCATIVO.

Como expertos en Derecho Educativo, conocemos la realidad jurídica de un Centro Privado-Concertado mejor que nadie, y nos esforzamos en recordar que el concierto educativo es un contrato que el Centro Privado firma con la administración, según lo establecido por el Tribunal Supremo, y no una subvención, y mediante el cual ambas partes se someten a unos derechos y unas obligaciones, sin que dicho acto suponga en ningún momento la pérdida de la naturaleza jurídico-privada del centro, según lo establecido en el art 108 LOE.

Gestionar y dirigir un Centro Privado-concertado conlleva una dificultad enorme, no solo porque el hecho de ser un centro docente ya implica complejidad en su gestión y dirección, la cual ha cambiado de manera drástica respecto a hace unos años, sino, que esta dificultad se multiplica de manera exponencial por la firma del concierto, ya que se une un componente extra que es la aplicación e interpretación de la normativa educativa autonómica y nacional y la “lucha” constante con la administración para mantener dentro de lo establecido legalmente ,el principio de autonomía del Centro.

Por lo tanto, en este tipo de Centros, es vital contar con un servicio jurídico que conozca la realidad de un Centro Privado-concertado,y las especificidades únicas del Concierto Educativo y su naturaleza jurídica como herramienta constitucional para garantizar el principio de libertad de enseñanza, al objeto poder ayudar a la Titularidad a tomar las decisiones correctas.

En caso de disponer de IDEARIO propio, es fundamental realizar cuantos esfuerzos sean necesarios para la defensa del mismo, ya que es ese Ideario la razón de ser del Centro y su identidad.

Además el Concierto Educativo implica que la relación laboral con los docentes sea muy compleja debido a que el pago de los salarios se realiza por la empresa mediante PAGO DELEGADO de la administración competente.

Desde Muñoz Abogados, asistimos a los Titulares, sus equipos directivos,a tomar las decisiones correctas para su Centro,  formándoles y ayudando a implementar procesos y soluciones a los posibles problemas que puedan surgir con : las administración, aportación voluntaria, autonomía organizativa y pedagógica, actividades extraescolares, servicios complementarios como comedor y transporte, plataformas educativas, protocolos de actuación, padres separados y divorciados, oferta educativa, medidas sanitarias, seguros, trabajadores, contratos, autorizaciones etc.

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