Derecho educativo para Escuelas Infantiles

A diferencia de las guarderías, las Escuelas Infantiles ya sean de primer ciclo o segundo ciclo, pueden realizar labores educativas, además de las asistenciales,  puesto que disponen de autorización de la Consejería de Educación correspondiente.

La complejidad de la apertura y mantenimiento de una Escuela Infantil, es muy elevada, puesto que son necesarios conocimiento jurídicos para poder desarrollar la actividad con garantías. En caso de apertura, antes de nada, lo importante es estudiar la normativa y comprobar que las instalaciones cumplen con los requisitos exigidos en la ley para poder solicitar la autorización, y por ende, presentar la FASE 1 Y FASE 2 ante las administración.

Además debido a su componente educativo, las escuelas infantiles deben de regular internamente todas aquellas situaciones que puedan suponer problemas futuro, e invertir en prevención jurídica, como son: la relación con padres separados o divorciados, la administración de medicamentos, las plataformas TIC, la relación con la administración, organización de la oferta educativa acorde a la legalidad, actividades, escuela de verano, los servicios complementarios como el comedor y el transporte, protocolos, códigos de conducta etc.

También ayudamos a regular la relación con los trabajadores, algo muy complejo en el mundo educativo, ya que en las escuelas infantiles se suelen utilizar contratos laborales como el de obra y servicio determinado que no son acordes a la legalidad vigente y el hecho de utilizarlos esta conllevando un riesgo innecesario para la Escuela.

En Muñoz Abogados ayudamos a que los titulares de las Escuelas Infantiles tomen las decisiones correctas, y puedan conocer las consecuencias de las mismas.

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