Propiedad Intelectual

Desde Muñoz Abogados explicamos a continuación el papel que tiene la propiedad intelectual en el día a día de un centro educativo:

 

1. El Centro Educativo es titular de derechos de Propiedad Intelectual.

 

Aunque a veces pase desapercibido, el centro es titular de numerosos derechos de propiedad industrial e intelectual de un gran valor y como tal, debe asegurar su protección y defensa.

¿De qué derechos puede ser titular un centro? ¿Por qué son importantes?

  • Marcas: Las marcas son el reflejo del centro. No cabe duda que los centros educativos hacen uso de diversos signos o símbolos para identificarse (el nombre del centro, su escudo, logos, eslóganes,).

Para asegurar que el centro tiene el uso exclusivo de esos elementos, debe garantizar su protección a través de su registro como Marca. A falta de registro, el centro no puede impedir que un tercero haga uso de los mismos. Este uso no autorizado afecta a la reputación del centro, que ve mermada su capacidad de distinguirse frente a otros. Es por ello que la Marca registrada es un elemento indispensable de diferenciación, captación de clientes y generación de fidelidad por parte de estos.

 

  • Derechos de autor: a lo largo de curso escolar se desarrollan actividades educativas en las que se generan obras protegidas por derechos de autor. El objeto de estos derechos son habitualmente: obras literarias (material docente desarrollado por el profesorado o el alumnado, revistas monográficas), obras musicales (composición y creación de canciones), artísticas (coreografías desarrolladas en el marco de actuaciones teatrales o musicales llevadas a cabo por el alumnado) etc.

Desde Muñoz Abogados ofrecemos asesoramiento experto en la protección de estos derechos. Desde la estrategia inicial de protección;  ¿Cómo registrar la Marca? ¿Cómo abaratar el coste? Hasta su defensa ante un uso no autorizado (uso no autorizado de materiales docentes en redes sociales etc.).

 

2. El Centro Educativo es un posible infractor de derechos de propiedad intelectual de terceros.

 

En muchas ocasiones para desarrollar una actividad educativa es necesario hacer uso de obras de terceros (de las que no es titular el centro) como puede ser libros, canciones o películas. Ante estas situaciones es muy habitual que surjan dudas como: ¿Quién es el titular de los derechos de autor de una obra desarrollada por el profesorado en el marco de la relación laboral? ¿Qué riesgos existen para el centro por la reproducción de una película durante una clase sin el consentimiento del titular de los derechos? ¿Puede el centro reproducir canciones obtenidas a través de una página de descarga para el desarrollo de una actividad educativa? ¿Y si se reproducen a través de una plataforma pública como YouTube? ¿Y si se reproducen desde una cuenta privada como Spotify?

Como expertos en derecho educativo y propiedad intelectual ofrecemos respuesta a estas y muchas otras cuestiones. No dude en contactar con nuestro servicio especializado.

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