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Cómo crear un centro de formación no reglada

el 25 mayo, 2022

El marco jurídico establecido para la creación de un centro de formación no reglada es difuso, ya que no es un sector que tenga una regulación extensa, como sí ocurre en la enseñanza reglada. Sin embargo, eso no significa que no debamos de cumplir unos requisitos mínimos a la hora de prestar este tipo de servicios, debiendo de hacer hincapié en implantar seguridad jurídica.

La seguridad jurídica nos aporta la estabilidad necesaria al objeto poder prestar nuestro servicio formativo con garantías además de protegernos de posibles responsabilidades futuras derivadas de una mala gestión y dirección.

Independientemente del formato de la formación, sea online, semipresencial o presencial, debemos crear una estructura jurídica interna lo suficientemente sólida para poder regular la relación con las diferentes partes que integran la comunidad formativa, tales como: alumnos, pagadores distintos de los alumnos, familiares en caso de alumnos menores de edad, colaboradores, docentes, personal de administración y servicios, entre otros. 

De entre esa normativa interna que debemos crear para dar soporte al servicio que vamos a prestar  destacamos:

CONTRATO DE MATRÍCULA

Es el documento de mayor importancia pues regula la relación entre el alumno y el centro de formación, e incluso con el pagador de la formación si es distinto del alumno. Es de vital importancia  disponer de un buen contrato de matrícula que nos ayude a definir las obligaciones y derechos de las partes así como a identificar el servicio que va a prestar el centro, cómo lo va a prestar,  cuándo y el coste.

CONVENIO DE PRÁCTICAS Y PLAN DE TUTORIZACIÓN

Si disponemos de una oferta formativa en la que se incluyen prácticas no laborales anexas a la formación,  deberemos efectuar un Convenio de Colaboración Formativa con la empresa o empresas en las que los alumnos culminen sus estudios, desarrollando los conocimientos adquiridos en la parte teórica en un ambiente productivo real. Es fundamental dejar muy claro que los alumnos no son “mano de obra gratuita”, y por ende, utilizaremos nuestros Planes de Tutorización al objeto asegurarnos de que el alumno sigue el Plan de Estudio o Proyecto Formativo durante el desarrollo de sus prácticas. 

La reciente publicación de la reforma laboral ha establecido la creación de una nueva normativa (Estatuto del Becario) dedicada a regular estas prácticas que actualmente solo están reglamentadas para los alumnos universitarios o de Formación Profesional. 

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

Se trata del documento que va a regular la relación de los alumnos con el entorno formativo: docentes, compañeros, colaboradores, administración, así como la normas mínimas de convivencia y alteración de la misma, independientemente del formato de la formación. Es totalmente necesario al objeto cubrir la responsabilidad del centro frente a futuros hechos que se puedan producir y no fueran deseables, siendo obligación del centro realizar cuantas acciones estén en su mano para prevenir cualquier hecho no deseado.

Además, en caso de tener alumnos menores de edad es totalmente necesario ajustar dicho documento a la nueva Ley de Protección a la Infancia y a la Adolescencia frente a la violencia.

PROTOCOLO PARA EL BUEN USO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS (TIC)

Regular el buen uso de los dispositivos tecnológicos, incluso la interacción de los alumnos con el campus virtual en caso de formación online, es fundamental para implantar seguridad jurídica a la hora de prestar los servicios formativos desde un formato digital.

Desde Muñoz Abogados Edulaw, ayudamos a todos aquellos que deseen crear un centro de formación no reglada, implantando todos los documentos referenciados y ayudando a su adaptación continua. Contacta con nosotros ante cualquier duda. 

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