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Empresas y Ficheros CRA: una obligación más a tener en cuenta

el 22 marzo, 2019

Es posible que sea la primera vez que lees este acrónimo, aunque la obligación de presentar dichos ficheros surge en 2014 junto con la implementación del Sistema de Liquidación Directa.

Desde Tesorería ya se puso en marcha la revisión de los CRA durante estos años, pero es ahora en 2019 dónde va a adquirir verdadera relevancia, pues se inicia una campaña específica, donde se invertirán más recursos para estudiar y repasar los ficheros enviados y detectar posibles cantidades no incluidas en las cotizaciones.

 

  • Conceptos Retributivos Abonados ¿Qué son?:

El concepto surge con los Boletines de Sistema RED: 10/2014, 02/2014 y 03/2014 y en el Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, dónde se indica que los empresarios estarán obligados a comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social, en cada período de liquidación, el importe de todos los conceptos retributivos abonados a sus trabajadores, con independencia de su inclusión o no en la base de cotización a la Seguridad Social y aunque resulten de aplicación bases únicas.

Y de estas obligaciones surge para su control la herramienta que conocemos como CRA, en concreto son unos ficheros independientes que contienen la información sobre todos los conceptos retributivos abonados a los trabajadores mensualmente (se incluyan o no en la base de cotización).

Los ficheros van unidos a la generación de la nómina y las bases de cotización que se comunican cada mes por cada trabajador y empresa, y por tanto, se exigen en el mismo plazo.

  • ¿Y por qué ahora adquieren más importancia?

Esta herramienta es una medida más que surge en el marco del Sistema CRETA (o SILTRA), un sistema nuevo de comunicación y control con Tesorería que ya lleva varios años de implementación progresiva. Tras su continua adaptación y corrección de errores, a fecha de hoy ya está extendido a la mayoría de regímenes, sectores y empresas.

Concretamente en cuanto a los CRA, durante 2014 y parte de 2015 parecían haber caído en el olvido. Muchos asesores los comunicaban sin tener claro a dónde iba a parar y si eran correctos o no… Otros, directamente optaban por no hacerlo, ya que parecía no tener consecuencias.

Fue próximo a 2016 cuando Tesorería detectó un aluvión de incumplimientos y comenzaron los avisos recordando la obligatoriedad de presentarlos y los primeros requerimientos para que se explicaran las diferencias entre CRA y base de cotización (ya que muchos ficheros, aunque presentados en tiempo y forma, eran erróneos).

Actualmente, desde algunas direcciones provinciales se recibe cada mes un recordatorio sobre la presentación de los CRA y, a pesar de ello, detectan que existe una actitud reiterada de algunas empresas y asesores en no remitirlo en tiempo y forma.

Por ello la Tesorería va a iniciar en breve una campaña en colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para sancionar el incumplimiento de esta obligación, comunicando a la inspección la falta de presentación y emitiendo, por tanto, las sanciones que pueden oscilar entre los 626 a 6.250 euros.

Por ello si en estos meses has recibido notificaciones al respecto, no las dejes pasar y regulariza dicha situación, pues los CRA van a pasar a figurar en la nueva batería de medidas recaudatorias.

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