Admisión de alumnos

CENTROS PRIVADOS CONCERTADOS

 

Actualmente la normativa educativa referente a los Centros Privados Concertados es sumamente compleja y extensa, además de que puede variar según la Comunidad Autónoma donde nos encontremos, por ello, en ocasiones pueden surgirnos dudas de a que texto legal acudir para encontrar la solución a un problema concreto sobre el proceso de admisión de alumnos en estos centros.

Lo primero a tener en cuenta es saber qué se entiende por “proceso de admisión de alumnos”, pues bien, el proceso de admisión es el trámite que siguen las familias para incorporar sus hijos e hijas por primera vez en el sistema educativo o cuando deciden cambiar de centro por cualquier motivo.

Por eso, resolver las dudas que puedan surgir a Centros y padres de cómo se debe aplicar la normativa y su interpretación en la práctica es vital para no cometer errores y tomar las decisiones correctas.

En Muñoz Abogados llevamos 45 años asesorando a Centros Educativos y familias de cómo aplicar e interpretar la normativa vigente en materia educativa referente al proceso de admisión de alumnos, nuestra especialización nos ha permitido ser el punto de referencia de Centros y familias para resolver sus dudas y construir soluciones legales en esta materia.

 

CENTROS PRIVADOS

 

En los Centros Privados la normativa es mucho mas sencilla, ya que nuestro ordenamiento jurídico permite a estos Centros establecer su propio sistema de admisión.

Normalmente en estos casos únicamente debe de tenerse en cuenta que en el Centro elegido exista disponibilidad y plazas para poder acceder y de que se abone la cantidad correspondiente de matrícula así como aquellos pagos que se acuerden por la contraprestación del servicio educativo. Siendo el nexo de unión el contrato que ambas partes suscriben.

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