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Propiedad Intelectual en Centros Educativos: reputación y licencias de material audiovisual

el 2 mayo, 2018

El asesoramiento en materia de marcas es importante. Las empresas deben de proteger sus signos distintivos.

 

(Transcripción del audio)

Las empresas no le dan importancia a las marcas que deberían tener. Ellos piensan que una marca o un símbolo es un logotipo, la imagen, es una palabra y la ponen en la etiqueta o la ponen, en este caso por ejemplo en los centros educativos,  los uniformes  y no va más allá.  No se dan cuenta de que realmente cuando se está utilizando una marca, se le está diciendo al consumidor de un producto, el que  fabrica este producto, el que presta este servicio, es esta empresa y en esa marca se condensa toda la información referente a la empresa de su servicio, de la calidad, también de la reputación, con lo cual que es muy importante y a veces se olvida la empresa de ello,  que nosotros podamos impedir que terceros que no están prestando el servicio de la manera que nosotros lo hacemos puedan identificarse ante el resto como si fuera lo mismo que nosotros, porque realmente si una empresa que no es un Centro Educativo usa de repente un signo del centro educativo usa virtualmente va a generar en la persona una confusión. Por ejemplo, como puede ser el escudo distintivo, el que ponen los uniformes, el chándal, en el suéter… de donde se encuentren cualquier tipo de ritmos.

 

Obras audiovisuales, utilización en clase

 

Es muy habitual que nos pregunten si las obras audiovisuales se pueden visualizar en las clases por ejemplo. Este tema ya es más complicado porque entra en el juego derechos de autor, ya no es tan fácil, realmente no se puede coger un vídeo, una foto o cualquier tipo de obras que se consideren artística o obras de audiovisual y usarla sin tener en cuenta al autor que ha realizado la obra. Qué sucede en el término de las clases o en los términos de la enseñanza, lo que sí que te permite la ley de propiedad intelectual, es que si tú haces uso de esa obra con fines de enseñanza, es decir,  no se usa la obra para ponerla en una clase, no se usa la obra para armar un musical del colegio, no,  estamos hablando de que se usa la obra para analizar la obra. Se ve muy claro  cuando se analizan obras de arte, ¿se puede usar una reproducción de  Picasso en clase para explicar la obra de picasso? sí, realmente la obra que es el objeto de enseñanza en ese momento. En este sentido sí, si  se sale fuera de esos márgenes, entonces ya se tendría que ver si hay autor, si la obra es del dominio público, entonces ya no hay que pedir derechos a nadie,  pero si hay un autor, se necesita la autorización del mismo y en algún caso pagar algún tipo de royalties por el uso  de la obra musical, audiovisual plástica o del otro.

Para más información visita nuestra sección especializada en propiedad intelectual.

 

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