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¿Es válido el correo electrónico como medio de prueba en juicio?

el 28 mayo, 2018

Correo electrónico, prueba a juicio

El correo electrónico es un medio de prueba aceptado como tal en un procedimiento judicial, si bien dada su fácil alterabilidad, ocasiona a veces conflictos probatorios que habrá que resolver en función del criterio del Juez.

El correo electrónico, se considera a efectos procesales como un “documento privado”, por lo que, si la parte perjudicada por su contenido no los impugna, podrán presentarse incluso en papel, constituyendo una prueba plena en el proceso.

 

¿Qué ocurrirá si se impugna su autenticidad o su contenido?

 

Si la autenticidad del email es impugnada, será necesario acreditar la misma mediante prueba suficiente que permita al Juez valorar conforme a las reglas de la sana crítica que, evidentemente, la prueba aportada cumple los requisitos de autenticidad.

Puede parecer, a la vista de lo anterior, que una vez conseguimos que un Juez valore que nuestro email es auténtico, y que el mismo se ha enviado desde una cuenta emisora a una receptora tendremos el juicio ganado, siempre y cuando el contenido del email que pretendemos aportar sirva para ello.

DERECHO PENAL

¿Realmente puede ser considerado una prueba plena en el procedimiento?

 

 No necesariamente. Pensemos por ejemplo en un email que ha sido enviado desde el ordenador de una empresa en la que trabajan 300 operadores, y donde todos y cada uno de ellos tienen acceso al contenido de todos los ordenadores, pues no se usan sistemas cifrados.

 

¿Cómo podría tenerse por cierto que la persona a quien perjudica el contenido del email es quien lo envió?

 

Es por todo ello que, el Juez, en todo caso, deberá tener en cuenta circunstancias adicionales al mero envío del correo para considerar al mismo como auténtica prueba, como, por ejemplo, si el ordenador desde el que se envió es de uso privado o pueden acceder terceros.

En conclusión, el email podrá ser válido como prueba en todo tipo de juicios siempre que, o bien no sea impugnado por aquel a quien perjudique o, en otro caso, se acredite su autenticidad, pero será muy difícil probar de forma indubitada que verdaderamente fue una determinada persona quien escribió o recibió el correo, por lo que habremos de valernos además de otros medios de prueba que hagan muy razonable pensar en la certeza de nuestras afirmaciones.

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