Esta semana queremos analizar las diferencias entre el máster oficial y título propio. En la actualidad existen muchas escuelas de negocios que ofrecen este tipo de titulaciones a modo de formación especializada en el ámbito profesional.
Sin embargo, algunos estudiantes dudan acerca de la validez de estos títulos, al no ir acompañados del adjetivo “oficial”. ¿Cuáles son realmente sus diferencias con la formación reglada?
El proceso de configuración del máster oficial y del título propio
En primer lugar, cabe destacar que ambos títulos tienen diferentes formas de desarrollo. El hecho de que un máster cuente con la aprobación del Ministerio competente (que es lo que lo convierte en oficial) supone la vinculación a una serie de normas.
Por supuesto, que los títulos oficiales no estén sometidos a estos trámites no implica que su calidad sea inferior. De hecho, la menor carga burocrática puede generar importantes beneficios a su favor, y en todo caso se someterán a la normativa interna y los estándares de calidad del centro formativo.
Proceso de creación de titulaciones oficiales
Así, las titulaciones oficiales deben pasar por la revisión de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA). Este organismo autónomo está adscrito al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y sus funciones incluyen:
- Evaluar los sistemas formativos.
- Acreditar enseñanzas.
- Fiscalizar la función del profesorado y las instituciones.
Su tarea se realiza en el marco legal de la Unión Europea, lo que permite que los títulos acreditados por la ANECA sean homologados en los 47 Estados integrantes del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).
Además de la normativa europea, la ANECA y las instituciones creadoras de los cursos deben tener muy presente la normativa española de educación. Resultan particularmente relevantes:
- El RD 1393/2007. Establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
- El RD 1614/2009. Establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la LO 2/2006.
- El RD 99/2011. Regula las enseñanzas oficiales de doctorado.
Ventajas y desventajas de este procedimiento
Contar con la supervisión de la ANECA ofrece una serie de ventajas, entre las que destaca la exigencia de unos estándares de calidad y la homogeneidad con otras titulaciones oficiales (incluso a nivel internacional).
Esto permite (al menos tendencialmente) que el estudiante confíe en que la titulación satisfará sus expectativas, adaptándose al programa que ofrece la institución. Además, como veremos más adelante, el proceso de verificación de la ANECA alcanza al personal docente. Por tanto también contará con las garantías de recibir formación de un profesorado competente y con experiencia en la docencia.
A cambio, el hecho de someterse a este tipo de controles suele entorpecer la creación y desarrollo de los cursos. Esto es un problema en una sociedad que cada vez cambia más rápidamente. Así, los programas de los másteres oficiales pueden quedar rápidamente desfasados, y dependerá de la pericia del docente su actualización.
Proceso de creación de títulos propios
El proceso de creación de los títulos propios es mucho más sencillo que el de los másteres oficiales. Básicamente basta con que el profesorado estructure los contenidos y los presente a la institución docente.
Dependerá de su equipo directivo aceptar o no el curso, para lo cual emplearán la asistencia de profesionales y asesores educativos. Por supuesto, primarán algunos elementos que no existen en el trámite administrativo de la ANECA, como la rentabilidad de la formación.
Esto suele suponer que los títulos propios tengan una clara orientación práctica. De modo que, en general, son cursos mucho más preparados para las necesidades actuales del mercado laboral.
Ventajas y desventajas de este procedimiento
La principal ventaja de que el título propio no requiera un control administrativo radica en la libertad y velocidad para configurarlo. Así, la mayoría de los títulos modernos (nos referimos con ello a los tecnológicos y buena parte de los empresariales) son titulaciones propias de Universidades y Escuelas de Negocios.
Al no tener que satisfacer las necesidades burocráticas de las que hablábamos al referirnos a los títulos oficiales, estos programas educativos son capaces de adaptarse más rápidamente a las necesidades del mercado. Por eso suelen ofrecerse como una propuesta formativa de elevado valor práctico.
Como desventaja, carecer de la obligación de someterse a la auditoría de un organismo independiente puede suponer una pérdida de calidad. Por eso es importante verificar el prestigio de la institución que imparte la formación y la calidad de sus antecedentes en materia de formación.
Profesorado en los másteres oficiales y títulos propios
Una de las principales diferencias entre máster oficial y título propio radica en la acreditación de su profesorado.
La formación oficial requiere la participación de una alta participación de profesores universitarios. En principio, esto garantiza la experiencia y solvencia del profesorado.
Sin embargo, los títulos propios gozan de una libertad prácticamente absoluta a la hora de seleccionar a sus docentes.
Gracias a esta libertad, generalmente los programas de formación propia cuentan con un elenco de profesionales destacados del sector. De nuevo, esto demuestra la orientación práctica de esta clase de formación, que tiende a presentar ejemplos de éxito antes que a emplear a profesores por su titulación. Es decir, los títulos oficiales suelen emplear a expertos (no necesariamente docentes) para aportar una perspectiva práctica, que complementa la experiencia docente de su profesorado.
Proyección profesional con máster oficial y título propio
Evidentemente, los trámites de aprobación de la formación oficial implican una serie de ventajas que no poseen los títulos propios. Así:
- Pueden computar a efectos de ganar puntos en oposiciones o concursos de empleo público. Dado que están validados por el Ministerio, los másteres y postgrados oficiales se reconocen entre los méritos del opositor.
Sin embargo, esta cuestión puede llevar a equívocos, pues algunas convocatorias permiten presentar títulos propios como “formación continua”. Si bien es cierto que esta modalidad suele puntuar menos que la formación oficial, también lo es que las titulaciones propias del opositor serán reconocidas en muchos casos. - Son homologables en el Espacio Europeo de Educación Superior. Uno de los objetivos al crear la ANECA en 2014 era precisamente avanzar hacia la homogenidad de las titulaciones en el EEES. Esto supone que el título oficial es fácilmente homologable en cualquiera de los 47 Estados que forman parte del mismo.
La formación no reglada, sin embargo, podría no ser homologable. Aunque esto es una desventaja relativa, ya que quien respalda estos títulos propios es el prestigio de la escuela que los imparte. De modo que en muchas ocasiones ni siquiera tendría sentido su homologación, ya que el título se admitirá como capacitante gracias al respaldo de la institución donde se obtuvo. - Habilitan para el ejercicio de ciertas profesiones y el acceso al empleo público. El ejercicio de profesiones como la abogacía, la medicina, la terapia psicológica o la enseñanza requiere de una formación habilitante. Y el mejor modo de comprobar que la formación que ha recibido el futuro profesional es suficiente para garantizar el buen ejercicio de sus funciones es que la verifique la ANECA.
Por eso no existen titulaciones habilitantes propias, ya que el Ministerio debe verificar que se han satisfecho los estándares de calidad requeridos para el desarrollo de la profesión.
El impacto profesional de los títulos propios
Pero el lector no debería quedarse con la idea de que los másteres oficiales son los únicos que tienen impacto profesional, o que son los más relevantes en este campo. Muchas empresas contratan a trabajadores que han recibido formación en instituciones destacadas.
Como decimos, las Escuelas de Negocios son una buena cantera de economistas, gestores, administradores y directivos, ya que ofrecen una formación orientada al marco económico actual.
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