Derecho educativo para Guarderías
La regulación jurídica de una guardería es muy compleja por la confusión que existe entre escuela infantil y guardería. La guardería no goza de autorización administrativa de la Consejería de Educación correspondiente, solo dispone de licencia municipal de apertura de la actividad, por lo que su actividad es meramente ASISTENCIAL, lo que implica que no puede realizar ninguna labor de carácter pedagógica o educativa, y en caso de hacerlo se expone a el cierre inmediato o a tener que solicitar la autorización administrativa y adaptar el local a los requisitos en las instalaciones exigidos.
Esta diferenciación entre escuela infantil y guardería esta perfectamente reflejada en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 8ª), donde se especifica la existencia de una doble red de servicios para menores de entre 0 y 6 años, unos educativos regulados mediante autorización administrativas, y otros asistenciales regulados bajo licencia municipal.
Desde Muñoz Abogados trabajamos día a días con nuestra guardería para otorgarle seguridad jurídica y tranquilidad, realizando una labor de prevención al objeto evitar problemas futuros.