Blog

Nuevos permisos laborales y otras novedades del ET

el 4 agosto, 2023

Según un estudio elaborado por Edenred el 68% de los padres y madres tienen dificultades para compaginar su vida profesional con el cuidado y educación de sus hijos. Para favorecer la conciliación, el 30 de junio de 2023, entraron en vigor varias medidas que suponen la modificación del Estatuto de los Trabajadores y de la Ley de Jurisdicción Social. En este articulo analizamos los nuevos permisos laborales que afectan también a los centros docentes.

Como decíamos anteriormente, el 30 de junio entraron en vigor las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, relativas, entre otros temas, a la conciliación de la vida profesional de los progenitores y cuidadores. A continuación, analizamos las principales medidas.

Nuevos permisos laborales y modificación de los ya existentes

En particular, en cuanto a los permisos laborales se modifica el artículo 37 del Estatuto de los trabajadores de la siguiente forma:

  • Se amplía la aplicación del permiso retribuido de 15 días por matrimonio a las parejas de hecho registradas.
  • Se amplía a 5 días el permiso retribuido por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado, por consanguinidad o afinidad, así como de cualquier otra persona que conviva en el domicilio del trabajador y precise cuidado de este. En este supuesto el empleado percibe su salario durante el permiso, tal y como hemos citado.
  • El permiso por fallecimiento mantiene su duración de dos días, pero se amplia a parejas de hecho y parientes hasta segundo grado.
  • También se reconoce un permiso de cuatro días al año por fuerza mayor en los que los progenitores podrán ausentarse del trabajo por motivos familiares urgentes. El permiso puede utilizarse por horas o por días, hasta acumular el máximo de cuatro días. Se trata de un permiso retribuido y mientras dure, la empresa deberá pagar al empleado su salario habitual.
  • Finalmente, se reconoce un permiso parental de ocho semanas para disfrutar de forma continua o discontinua a tiempo completo o parcial, hasta que el niño cumpla ocho años. Este permiso no es retribuido, pero s espera que para agosto de 2024 se modifique la normativa y sea retribuido.

Estos nuevos permisos, inicialmente, fueron incluidos en el Proyecto de Ley de Familias, que finalmente no continuó con su tramitación debido a la convocatoria de elecciones generales. ´

Otras medidas enfocadas a la conciliación profesional y familiar

Junto con los permisos que hemos citado anteriormente, se regulan nuevas medidas que favorecen la conciliación de vida profesional y familiar y que son las siguientes:

  • Derecho a la reducción de jornada. Aquellas personas que se encarguen del cuidado de un hijo menor de doce años o de una persona con discapacidad que no realice un trabajo retribuido, podrán solicitar una reducción de jornada, que supondrá una reducción del salario. La reducción se podrá solicitar también por las personas que tengan que cuidar a su cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta segundo grado de consanguinidad. Este derecho a reducir la jornada se amplía al caso de cuidado de hijos o personas con discapacidad menores de 26 años y que tengan una enfermedad grave.
  • Ausencia del trabajo para cuidado del lactante. También se reconoce la posibilidad de una hora de ausencia en el trabajo para los casos de nacimiento, adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento.
  • Excedencia para el cuidado de hijos. Se reconoce el derecho a una excedencia con una duración no superior a los tres años para atender a cada hijo tanto en caso de nacimiento, adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento.

Todos los derechos que hemos citado anteriormente serán causa de nulidad en caso despido.

Como consecuencia de lo anterior, es importante que los centros docentes conozcan la nueva normativa y apuesten por la conciliación efectiva de vida profesional y familiar de todas las personas que trabajan en el centro. En Muñoz Abogados somos expertos en derecho educativo y podemos a tu disposición a un equipo de abogados expertos que analizarán tu caso y te orientarán sobre todos los aspectos laborales de tu centro. Contacta con nosotros y te informaremos.

Compartir este post:
Muñoz AbogadosNuevos permisos laborales y otras novedades del ET