Un espionaje arbitrario constituye una intromisión ilegítima en el derecho a la privacidad de los empleados, según ha dictaminado este martes el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo.
La sentencia hecha pública por el Tribunal de Estrasburgo se refiere al caso del ciudadano rumano Mihai Bărbulescu, despedido en 2007 de la empresa en la que trabajaba tras enviar desde el correo electrónico de la compañía mensajes de carácter privado.
¿Puede el empresario revisar el contenido de los correos electrónicos de los trabajadores?
En la sentencia referenciada, Estrasburgo no prohíbe a las empresas vigilar la comunicación profesional de sus empleados, ni tampoco que estos mantengan comunicaciones privadas en el lugar de trabajo, pero sí señala que en ambos casos deben establecerse límites.
Para que ello se pueda llevar a cabo la empresa deberá advertir que dicha situación se puede producir y especificar las razones o situaciones en las cuales se procederá a la revisión del contenido de los correos electrónicos de uso del cual el trabajador hace uso en su puesto de trabajo.
Desde Muñoz Abogados nos aseguramos de prevenir y evitar el desarrollo de este tipo de conflictos para que el empresario goce de la mayor tranquilidad en el desarrollo y progreso de su actividad empresarial.
Únete a la conversación